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El régimen internacional de responsabilidad civil por vertidos de hidrocarburos al mar. El caso de las plataformas
Por Jose M. Alcantara Gonzalez
"A pesar de un historial legislativo, según lo expuesto, que ha evitado afrontar el delicado campo de la Responsabilidad Civil por daños derivados de las Plataformas Offshore no cabe duda de que la conciencia de la necesidad regulatoria está muy presente, aunque no hemos llegado al momento maduro para un Convenio Internacional aún. Ello no evita, a mi entender, pensar en otros vehículos apropiados para lograr una regulación con visos razonables de uniformidad internacional que pueda ser atrayente para los Estados en cuyas aguas opera la industria Costa Fuera. Uno de ellos es el método de Ley Modelo, ya usado en Naciones Unidas (sobre todo por la UNCITRAL), sin olvidar la eficacia práctica de esquemas privados como el OPOL que sigue el sendero de aquellos CRISTAL y TOVALOP que precedieron a una regulación imperativa tal como fue el CLC69."
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Términos mencionados en esta doctrina: internacional, responsabilidad, plataformas.